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Normativa territorial · Andalucía

Máquinas recreativas en Andalucía

Andalucía cuenta con un reglamento específico de máquinas recreativas y de azar. Para hostelería, el punto de partida es el Decreto 250/2005 y sus modificaciones posteriores.

Documentación y normativa para instalar máquinas tipo B en Andalucía Fuentes revisadas · 25/09/2026
Importante: esta página resume información administrativa y reglamentaria para hostelería, pero no sustituye al texto oficial ni a la resolución de la administración competente. La normativa puede cambiar.

Qué debes saber

El punto de partida en Andalucía.

En bares, cafeterías, restaurantes y otros establecimientos de hostelería incluidos por la norma pueden autorizarse determinadas máquinas recreativas y máquinas tipo B.1, siempre dentro de los límites y condiciones del reglamento.

El Decreto 250/2005 regula las máquinas recreativas y de azar, los salones y el registro de empresas de juego en Andalucía.
En los establecimientos de hostelería previstos por el reglamento pueden instalarse máquinas A.1, A.2, A.4 y B.1, con las exclusiones y condiciones que establece la propia norma.
El artículo 85 fija un máximo de tres máquinas en determinados establecimientos de hostelería y limita a dos el número de máquinas de tipo A o B.1.
La instalación de máquinas B.1 en hostelería debe realizarse por una empresa operadora y respetar las condiciones de usuarios y multipuesto previstas reglamentariamente.

Antes de instalar

Cuatro comprobaciones que haríamos primero.

La ficha territorial no pretende convertir un trámite jurídico en una lista automática. Sirve para detectar qué hay que revisar antes de comprometer una instalación.

01

Comprobar que el establecimiento encaja en una categoría admitida por el reglamento.

02

Revisar el número y tipo de máquinas que pueden autorizarse en el local.

03

Coordinar la autorización de instalación con la empresa operadora y la documentación correspondiente.

04

Comprobar las actualizaciones de formularios y procedimientos publicadas por la Junta de Andalucía.

Punto que no conviene pasar por alto

La regulación andaluza ha sido modificada en distintas ocasiones. Antes de tramitar una instalación deben revisarse el texto vigente, sus modificaciones y el procedimiento administrativo aplicable en ese momento.

¿Quieres revisar tu caso en Andalucía?

Cuéntanos el tipo de establecimiento y qué máquina tipo B quieres instalar. Partimos de la situación concreta del local antes de hablar de modelos.

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