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Normativa territorial · Castilla y León

Máquinas recreativas en Castilla y León

Castilla y León articula la instalación de máquinas mediante la Ley 4/1998 y el Reglamento aprobado por el Decreto 12/2005, junto con procedimientos diferenciados de autorización y comunicación de emplazamiento.

Documentación y normativa para instalar máquinas tipo B en Castilla y León Fuentes revisadas · 25/09/2026
Importante: esta página resume información administrativa y reglamentaria para hostelería, pero no sustituye al texto oficial ni a la resolución de la administración competente. La normativa puede cambiar.

Qué debes saber

El punto de partida en Castilla y León.

Antes de instalar una máquina en un establecimiento habilitado debe existir autorización de instalación del local, autorización de emplazamiento y, posteriormente, la comunicación previa correspondiente. La empresa operadora y el titular del establecimiento intervienen en distintas fases del proceso.

La autorización de emplazamiento es requisito previo e imprescindible para poder presentar las posteriores comunicaciones de emplazamiento de máquinas A, B o D en establecimientos habilitados.
La solicitud de autorización de emplazamiento se presenta conjuntamente por la empresa operadora y el titular de la autorización de instalación del establecimiento.
La comunicación de emplazamiento corresponde a la empresa operadora y exige haber obtenido previamente la autorización de explotación de la máquina y la autorización de emplazamiento del establecimiento.
Una vez cursada la comunicación de emplazamiento, el trámite oficial establece que la instalación de la máquina debe realizarse como máximo en dos días naturales.

Antes de instalar

Cuatro comprobaciones que haríamos primero.

La ficha territorial no pretende convertir un trámite jurídico en una lista automática. Sirve para detectar qué hay que revisar antes de comprometer una instalación.

01

Verificar que el titular de la actividad dispone de la autorización de instalación del establecimiento a su nombre.

02

Coordinar con la empresa operadora la solicitud conjunta de autorización de emplazamiento.

03

Comprobar que la máquina dispone de autorización de explotación antes de comunicar su instalación.

04

Presentar la comunicación previa de emplazamiento y respetar el plazo operativo indicado por la Administración.

Punto que no conviene pasar por alto

Castilla y León separa claramente autorización y comunicación. No conviene confundir la autorización del establecimiento, la autorización de emplazamiento y la autorización de explotación de la máquina: son piezas distintas que deben encajar antes de la instalación efectiva.

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Cuéntanos el tipo de establecimiento y qué máquina tipo B quieres instalar. Partimos de la situación concreta del local antes de hablar de modelos.

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