Normativa territorial · Illes Balears
Máquinas recreativas en Illes Balears
Illes Balears regula las máquinas de juego mediante la Ley 8/2014 y el Reglamento aprobado por el Decreto 43/2019. La sede electrónica autonómica mantiene un procedimiento específico para la explotación de máquinas tipo B en establecimientos de hostelería.
Qué debes saber
El punto de partida en Illes Balears.
En restaurantes, bares-cafeterías y otros establecimientos de hostelería incluidos por el reglamento pueden instalarse máquinas B1. El máximo general es de dos máquinas y la autorización de instalación se vincula conjuntamente a la empresa operadora y al titular del establecimiento.
Antes de instalar
Cuatro comprobaciones que haríamos primero.
La ficha territorial no pretende convertir un trámite jurídico en una lista automática. Sirve para detectar qué hay que revisar antes de comprometer una instalación.
Comprobar que el establecimiento encaja en una de las categorías admitidas y no está en los supuestos excluidos por el artículo 56.
Coordinar con una empresa operadora la solicitud conjunta de autorización de instalación y preparar la documentación del local.
Aportar, cuando corresponda, licencia o documento equivalente, disponibilidad del local, declaración responsable, plano y justificante de la tasa administrativa.
Una vez autorizada la instalación, comunicar el emplazamiento de cada máquina con carácter previo a su instalación.
Punto que no conviene pasar por alto
El Decreto 43/2019 ha sido afectado por normas posteriores y algunos procedimientos de máquinas fueron modificados en 2022. Antes de instalar conviene comprobar el trámite electrónico vigente y la redacción actual de los artículos aplicables.
Fuentes oficiales · revisadas 25/09/2026
Consulta la norma antes de tramitar.
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Cuéntanos el tipo de establecimiento y qué máquina tipo B quieres instalar. Partimos de la situación concreta del local antes de hablar de modelos.