Normativa territorial · País Vasco
Máquinas recreativas en País Vasco
El País Vasco regula las máquinas de juego mediante el Reglamento General del Juego aprobado por el Decreto 120/2016 y modificado, entre otras normas, por el Decreto 19/2022. La gestión de hostelería se apoya en trámites electrónicos específicos.
Qué debes saber
El punto de partida en País Vasco.
La empresa operadora debe gestionar el alta del local de hostelería en el registro cuando corresponda y comunicar el emplazamiento de la máquina para su explotación. Son actuaciones distintas que deben coordinarse con el permiso de explotación de la máquina.
Antes de instalar
Cuatro comprobaciones que haríamos primero.
La ficha territorial no pretende convertir un trámite jurídico en una lista automática. Sirve para detectar qué hay que revisar antes de comprometer una instalación.
Comprobar que el local está correctamente identificado e incluido en los registros administrativos que correspondan.
Verificar la situación del titular y de la empresa operadora antes de solicitar el alta o modificación de datos del local.
Comprobar que la máquina dispone del permiso de explotación aplicable.
Comunicar el boletín de emplazamiento antes de explotar la máquina y conservar actualizados los datos del local.
Punto que no conviene pasar por alto
El alta o modificación del local y el boletín de emplazamiento son actuaciones diferentes. Debe revisarse también cualquier modificación posterior del Reglamento General del Juego antes de cerrar una instalación concreta.
Fuentes oficiales · revisadas 25/09/2026
Consulta la norma antes de tramitar.
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